7.20 Qué es una servidumbre de vías pecuarias


La servidumbre de vías pecuarias se rigen por la Ley 3/1995 de vías pecuarias que expone que las vías pecuarias son bienes de dominio público, inalienables, imprescriptibles e inembargables y define las anchuras:

  • Cañadas: vías pecuarias de anchura inferior a 75 metros
  • Cordeles: Vías pecuarias de anchura inferior a 37.5 metros
  • Veredas: Vías pecuarias de anchura inferior a 20 metros.




No se encontraron resultados.


Deja un Comentario

Tu email no será publicado

1
×
Hola!
Aquí puedes hablar directamente con un técnico para cualquier duda o consulta sobre tasación, informe, peritación, etc.