7.20 Qué es una servidumbre de vías pecuarias
La servidumbre de vías pecuarias se rigen por la Ley 3/1995 de vías pecuarias que expone que las vías pecuarias son bienes de dominio público, inalienables, imprescriptibles e inembargables y define las anchuras:
- Cañadas: vías pecuarias de anchura inferior a 75 metros
- Cordeles: Vías pecuarias de anchura inferior a 37.5 metros
- Veredas: Vías pecuarias de anchura inferior a 20 metros.
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